Calculadora de liquidación laboral en República Dominicana
Calcula la liquidación por desahucio (despido sin causa) según la Ley 16-92 de República Dominicana. Introduce el salario mensual y el tiempo de servicio para obtener el desglose completo: cesantía, preaviso y vacaciones proporcionales.
Resultado
Estimación basada en el Código de Trabajo (Ley 16-92). No incluye bonos, horas extras ni otras prestaciones especiales. Consulta un abogado laboral para casos específicos.
¿Cómo funciona?
Cuando un empleador termina un contrato de trabajo sin causa justificada (desahucio), el empleado tiene derecho a una liquidación compuesta por tres elementos principales, según el Código de Trabajo de RD (Ley 16-92):
- Auxilio de cesantía (Art. 80): compensación por tiempo de servicio. Se calcula en días de salario según la antigüedad: 6 días (3-6 meses), 13 días (6-12 meses), 21 días por año (1-2 años), 23 días por año (más de 2 años).
- Preaviso (Art. 76): aviso anticipado antes del despido. Si no se otorga, se paga en efectivo: 7 días (3-6 meses), 14 días (6-12 meses), 28 días (más de 1 año).
- Vacaciones proporcionales (Art. 177): días de vacaciones acumulados y no disfrutados, calculados en proporción al tiempo trabajado en el año en curso.
El salario diario se calcula dividiendo el salario mensual entre 23.83, que es el promedio de días laborables al mes según el Código de Trabajo.
Esta calculadora aplica para casos de desahucio. Si el empleado renuncia voluntariamente o es despedido por causa justificada (Art. 88), el auxilio de cesantía y el preaviso no aplican.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el desahucio en el Código de Trabajo de RD?
El desahucio es el derecho del empleador de dar por terminado el contrato sin alegar causa, pagando la liquidación completa. Si hay causa justificada (robo, violencia, etc., según el Art. 88), no se paga cesantía ni preaviso.
¿Cómo se calcula el salario diario?
Se divide el salario mensual ordinario entre 23.83, que es el número promedio de días laborables al mes establecido por el Código de Trabajo. No se incluyen bonos ni horas extras.
¿La regalía pascual forma parte de la liquidación?
La regalía pascual (salario 13) es proporcional al tiempo trabajado en el año y se paga por separado. Esta calculadora no la incluye por ser una prestación independiente. Si se termina el contrato antes de diciembre, el empleado tiene derecho a la regalía proporcional.
¿Qué pasa si el empleado renuncia?
Si la renuncia es voluntaria, el empleado no tiene derecho al auxilio de cesantía ni al preaviso. Solo cobra vacaciones proporcionales y los salarios pendientes.
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