Qué es el ISR y cómo afecta a tu empresa en República Dominicana
Guía práctica sobre el Impuesto sobre la Renta (ISR) para personas jurídicas en RD: tasas, deducciones y cuándo se paga.
El Impuesto sobre la Renta (ISR) es el impuesto que pagan las empresas y personas físicas sobre sus ganancias en República Dominicana. Si tienes un negocio formal, entender el ISR es esencial para evitar sorpresas con la DGII.
¿Qué es el ISR?
Es un impuesto sobre la utilidad neta de tu empresa: lo que ganas después de restar todos los costos y gastos deducibles. No pagas ISR sobre tus ingresos brutos, sino sobre la ganancia real.
Tasa para empresas (personas jurídicas)
La tasa general del ISR para personas jurídicas en RD es del 27% sobre la renta neta imponible.
¿Qué se puede deducir?
Puedes reducir tu base imponible con gastos necesarios para generar ingresos:
- Costos de ventas (materia prima, inventario)
- Sueldos y cargas sociales (TSS, AFP, ARS)
- Alquiler del local comercial
- Servicios públicos (luz, agua, internet)
- Depreciación de activos
- Intereses de préstamos para el negocio
- Publicidad y marketing
- ITBIS pagado que no se puede acreditar
Los gastos deben estar respaldados por comprobantes fiscales (NCF) válidos para ser deducibles.
Pagos a cuenta
Las empresas hacen pagos adelantados del ISR durante el año, llamados pagos a cuenta, basados en el impuesto del año anterior. Al cierre del ejercicio, se ajusta la diferencia.
¿Cuándo se declara?
La declaración del ISR de personas jurídicas vence el 120 días después del cierre del ejercicio fiscal. Si tu empresa cierra el 31 de diciembre, tienes hasta el 30 de abril del siguiente año.
ISR mínimo
Existe un ISR mínimo del 1% sobre los ingresos brutos cuando la empresa reporta pérdidas o cuando el ISR calculado sobre utilidades es menor a ese 1%. Esto evita que empresas rentables en la práctica queden sin pagar impuestos.
Ejemplo simplificado
Una empresa con ingresos de RD$5,000,000 y gastos deducibles de RD$3,800,000:
- Renta neta = 5,000,000 − 3,800,000 = RD$1,200,000
- ISR (27%) = RD$324,000
- ISR mínimo (1% de ingresos) = RD$50,000
- Se paga el mayor: RD$324,000
Régimen Simplificado
Las PyMEs con ingresos menores a RD$40 millones anuales pueden acogerse al Régimen Simplificado de Tributación (RST), que simplifica el cálculo y reduce la carga administrativa.
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